La Comisión Mixta autoriza ayudas para viviendas dañadas por los terremotos por valor de 3,6 millones de euros

La reunión de hoy eleva el montante económico autorizado a un total de 73.922.101 euros

La Comisión Mixta, creada por el Real Decreto-Ley 6/2011 sobre adopción de medidas para reparar los daños causados en Lorca por los movimientos sísmicos de mayo de 2011, aprobó en su reunión de hoy un total de 408 expedientes de ayudas a la vivienda, que suman una cuantía de 3.647.449 euros. Del total de las ayudas, 56 eran nuevas, 231 prórrogas para el alquiler y otras 121 revisiones de ayudas en beneficio de los damnificados.

En esta ocasión, se ha aprobado una partida de ayudas, nuevas y complementarias, a la reparación, que consta de 25 expedientes por un importe de 124.538 euros, que, sumados a los aprobados en las reuniones anteriores de la Comisión Mixta por este mismo concepto, hacen un total de 32.319.865 euros.

De las ayudas totales concedidas a la vivienda, 21.023.130 euros corresponden a la reconstrucción; 11.772.857 euros para el alquiler de realojo; 7.357.418 euros para la reposición de elementos comunes de edificios y otros 330.783 euros para la reposición de enseres. Así, en definitiva, la Comisión Mixta ha autorizado hasta el momento un total de 73.922.101 euros.

Igualmente, la Comisión Mixta también ha autorizado la prórroga de ayudas de alquiler para aquellos solicitantes que ya eran beneficiarios. La prórroga de ayuda para el alquiler supone una novedad de esfuerzo económico que revierte directamente en el apoyo de la Administración estatal y regional a los lorquinos. Estas ayudas complementarias se amplían a 12 y 24 meses, en función de que sea una reparación o reconstrucción, respectivamente. En este sentido, la Comisión Mixta ha aprobado 231 expedientes por un importe total de 2.415.129 euros.

Estas cifras fueron facilitadas durante la trigésimo cuarta reunión de la citada Comisión, celebrada hoy en la Delegación del Gobierno, que tiene como cometido valorar y cuantificar las ayudas concedidas a particulares, en virtud de las solicitudes presentadas por arrendamiento, reconstrucción, rehabilitación, reparación de viviendas que constituyan el domicilio habitual, reposición de enseres de primera necesidad, así como para la reparación de locales comerciales.

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