El Ayuntamiento bonifica con el máximo legal permitido los impuestos y tasas municipales para reparaciones en viviendas dañadas por los terremotos

Las bonificaciones establecidas por el Consistorio Municipal contemplan primera y segunda residencia y los comercios, que no estaban contemplados por el Decreto Ley

19 julio 2011. El concejal de Economía del Ayuntamiento de Lorca, Luís Amador, ha detallado esta mañana las bonificaciones establecidas por parte del Consistorio Municipal para la realización de obras en viviendas y locales comerciales que han sufrido daños a consecuencia de los terremotos del pasado 11 de mayo. Se trata de una batería de bonificaciones enmarcada en la modificación de ordenanzas fiscales que se aprobará en el pleno del próximo lunes. Esta amplia serie de bonificaciones alcanza el máximo permitido por la ley, mejorando notablemente lo establecido por el Decreto Ley (RDL 6/2011, de 13 de mayo). Amador ha manifestado que "desde el Ayuntamiento se ha realizado un ejercicio de justicia social, incluyendo las máximas bonificaciones legales posibles para la realización de labores de reconstrucción y rehabilitación en primera y segunda residencia, locales comerciales y oficinas. Las bonificaciones establecidas al efecto por parte del Ayuntamiento son las siguientes:

ICIO

1ª Residencia

2ª Residencia

Local comercial en activo

Local comercial sin actividad

Reconstrucción

95%

45%

95%

45%

Reforma

95%

45%

95%

45%

TASA

1ª Residencia

2ª Residencia

Local comercial en activo

Local comercial sin actividad

Reconstrucción

0%

0%

Reforma

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