El consejero de Fomento, Obras Públicas y Ordenación del Territorio, Francisco Bernabé, anunció hoy la inminente publicación de sendas convocatorias de ayudas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia para la financiación de actuaciones de renovación de viviendas y rehabilitación de edificios, incluidos en el Área de Regeneración y Renovación Urbana del centro urbano de Lorca.
Bernabé realizó este anuncio tras la entrevista mantenida recientemente con el alcalde de Lorca, Francisco Jódar, en la que se abordaron distintos asuntos relacionados con el proceso de reconstrucción y renovación de la ciudad de Lorca. Además, el consejero señaló que estas convocatorias son fruto del acuerdo firmado el pasado mes de octubre entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento de Lorca, y que se enmarca en el Plan de Vivienda 2013-2016.
El consejero de Fomento aseguró que esta convocatoria "es la plasmación en dinero del firme compromiso de las tres administraciones con Lorca y con los lorquinos, del que la mejor acreditación es el proceso permanente de rehabilitación que se está viviendo y que ofrece continuos argumentos para la ilusión y la confianza".
Asimismo, recordó que estas convocatorias "tienen como principales beneficiarios a quienes no hayan podido acogerse a otras ayudas para la rehabilitación o reconstrucción de las viviendas dañadas por los terremotos de 2011, y una de sus grandes novedades es la posibilidad de obtener por adelantado el 80 por ciento de la subvención".
Reconstrucción de 74 viviendas
Por un lado, se convoca una línea de ayudas para la renovación de 74 viviendas que cuenten con calificación energética mínima tipo 'B' y que hayan sido o deban ser demolidas como consecuencia de los daños sufridos tras los terremotos de 2011.
Estas obras de reconstrucción podrán ser actuaciones nuevas o en curso. La cuantía máxima de las ayudas se determinará atendiendo al coste subvencionable de la actuación sin que exceda el 35 por ciento del mismo y tendrá como límite 30.000 euros por cada vivienda construida en sustitución de otra previamente demolida.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BORM, y entre la documentación requerida se encuentra el informe de declaración de ruina, orden de demolición o informe técnico municipal favorable a la demolición por daños relevantes como consecuencia de los terremotos; el proyecto de reconstrucción del inmueble, suscrito por el técnico competente, en el que figuren los costes de ejecución; y el compromiso de que al menos el 60 por ciento de la edificabilidad resultante se va a destinar a uso residencial de vivienda habitual.
Rehabilitación de 335 viviendas
Por otro lado, la convocatoria de ayudas destinadas a la rehabilitación permitirá actuar en máximo de 335 viviendas, incluidas en edificios plurifamiliares o de una sola unidad de residencia, y realizar obras de mantenimiento e intervención en instalaciones fijas, equipamientos propios y elementos comunes, a fin de adecuarlos a la normativa vigente.
Estas obras, que deberán ser actuaciones nuevas o en curso, podrán obtener una cuantía máxima de subvención, por parte del Estado, de hasta 11.000 euros por cada vivienda incluida en el edificio objeto de rehabilitación y, por parte de la Comunidad Autónoma, el 35 por ciento de la ayuda estatal.
Los interesados en optar a estas ayudas deberán presentar sus solicitudes antes de dos meses, desde la fecha de publicación de la convocatoria.