El Concejal de Educación y Universidad del Ayuntamiento de Lorca, Francisco Montiel, ha informado que el Consistorio lorquino ha convocado, un año más, ayudas para los lorquinos que se desplacen en transporte público a las universidades de la Región entre octubre de 2014 y junio de 2015.
Montiel ha explicado que "el Consistorio destina 50.000 euros para estas subvenciones, que podrán cubrir hasta el 50% de los gastos correctamente justificados, en función del número de solicitudes admitidas. Se trata de un apoyo del Ayuntamiento para que los lorquinos tengan más fácil cursar sus estudios universitarios, una muestra más del respaldo municipal al futuro laboral de los jóvenes de nuestro municipio".
El edil ha subrayado que "pueden solicitar hasta el 17 de febrero esta subvención aquellos estudiantes residentes en el término Municipal de Lorca que se desplacen diaria o habitualmente durante los meses de octubre 2014 a junio 2015 (ambos inclusive), en tren o autobús desde la ciudad de Lorca a los centros universitarios de la Región de Murcia y cursen enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado, Licenciado, o Diplomado. No serán objeto de subvención los desplazamientos realizados desde el inicio y fin de trayecto del medio de transporte utilizado desde la ciudad de origen hasta el centro universitario y viceversa".
Además, con carácter excepcional, se tendrán en consideración aquellos casos en que concurran circunstancias especiales como discapacidad, enfermedad, etc. y aquellas sobrevenidas a causa de los movimientos sísmicos del 11 de mayo de 2011. A tal efecto, podrán optar a estas becas los alumnos que hayan tenido que cambiar de domicilio a otro municipio de forma temporal, debido a la reparación o reconstrucción de su vivienda habitual, acreditando dicha situación documentalmente.
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán solicitarlo mediante instancia normalizada, según anexo incluido en las bases, y que les será facilitada en la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Lorca (Plaza de España, n°1, 3° planta), pudiendo igualmente acceder a las bases y al anexo a través de la página web municipal www.lorca.es. Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro General del Ayuntamiento de Lorca (Plaza de España, n°1) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siendo imprescindible que en la instancia aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. Si la solicitud es remitida por correo, será necesario que se presente en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de que éste proceda a su certificación.
La documentación mínima requerida para optar a esta ayuda municipal será la solicitud debidamente cumplimentada, según modelo (Anexo I), fotocopia del DNI del solicitante, Código Cuenta Cliente del Banco o Caja del solicitante, Certificación de matrícula en la Universidad, con expresión del curso 2014/2015 (original o copia), Declaración jurada de no percibir ayuda de transporte de ningún organismo oficial o privado y aceptación de las presentes Bases (Anexo II), Modelo de autorización debidamente cumplimentada por el interesado para que la Concejalía de Educación y Universidad compruebe los datos relativos al padrón municipal de habitantes. (Anexo III) y, aquellos solicitantes que deseen acogerse a "situaciones excepcionales" (base quinta, punto b) deberán aportar documentos que justifiquen dicha situación.
Para percibir estas ayudas los beneficiarios deberán presentar posteriormente (en primera quincena de julio) en la Concejalía de Educación y Universidad los billetes o bonos del medio de transporte utilizado (autobús o tren) del citado periodo donde conste, de forma legible, la fecha del billete o bono. En aquellos billetes que correspondan a un bono de transporte y no aparezca el importe de los mismos deberán ir acompañados de la matriz del bono correspondiente.
Podrán admitirse dos billetes del mismo día siempre que uno corresponda al viaje de ida y otro al viaje de vuelta. Sin embargo, no se admitirán billetes correspondientes a días festivos o vacaciones, según el calendario académico de cada Universidad. Tampoco se admitirán billetes o bonos deteriorados, modificados, ilegibles, o aquellos en los que no aparezca la fecha de emisión de los mismos.
Además, en ese momento deberá justificarse con documento bancario acreditativo el pago de la totalidad de la matrícula y, a efectos de compatibilidad, los alumnos que hayan solicitado algún tipo de beca deberán presentar la carta de becario en la que conste la denegación de la misma, o en su caso, el desglose de los conceptos para los que se concede la beca, ya que las ayudas de esta convocatoria son incompatibles con cualesquiera otras que puedan obtenerse para la misma finalidad de otras Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas.
Estas ayudas se podrán solicitar de forma consecutiva hasta un curso más del previsto en la duración académica de los estudios universitarios correspondientes. No obstante, dicho plazo podrá ser objeto de ampliación, si concurren circunstancias objetivas y excepcionales alegadas por el solicitante en su solicitud. Corresponderá a la Concejalía de Educación proponer, motivadamente, la admisión o denegación de tal solicitud.