El edil de Hacienda de Lorca, Isidro Abellán, ha detallado que "esta rebaja tendrá un importe máximo de 3.000 euros por cada referencia catastral. Los interesados podrán presentar la documentación de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento y también a través de la sede electrónica del Consistorio".
El concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Lorca, Isidro Abellán, ha informado, esta mañana, que "hasta el próximo lunes, 1 de febrero, estará abierto el plazo para que los comerciantes y hosteleros lorquinos y que resultaran afectados por el cierre decretado como consecuencia del estado de alarma puedan acogerse a la bonificación del 75 por ciento en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)".
El concejal de Hacienda ha recordado que "en el Pleno extraordinario del Ayuntamiento de Lorca celebrada el pasado 28 de diciembre dio luz verde al proyecto de Ordenanzas Fiscales 2021 que, entre otros, incluía esta medida, con el principal objetivo de ayudar a quien más lo está necesitando en las circunstancias que estamos atravesando, como son nuestros comerciantes y hosteleros, a quienes la crisis de la Covid-19 también les está repercutiendo económicamente".
Isidro Abellán ha insistido que "esta bonificación va dirigida a aquellos inmuebles en los que se desarrollen actividades económicas de comercio minorista y/o de hostelería cuya apertura al público haya quedado suspendida con motivo de la declaración del estado de alarma por la situación de emergencia sanitaria por COVID-19 declarada por el Real Decreto 463/2020 y Real Decreto 465/2020".
Abellán ha detallado que "el plazo de solicitud de esta bonificación, que se abrió el pasado 1 de enero, continúa abierto hasta el 31 de enero, o día hábil inmediato posterior, el decir el lunes, 1 de febrero".
El responsable municipal de Hacienda ha concretado que "la bonificación aplicada será de un 75% del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles Urbana 2021, con un importe máximo de 3.000 euros por cada referencia catastral".
Todos aquellos interesados podrán presentar la información de manera presencial en el Registro General del Ayuntamiento. Pudiendo descargar el modelo de solicitud en la sede electrónica del Ayuntamiento. También se podrá presentar de manera telemática a través de la
la sede electrónica del Ayuntamiento de Lorca, para lo que será necesario firma electrónica del solicitante. (https://portalciudadano.lorca.es/).
Entre los requisitos, los solicitantes deberán estar al corriente de las obligaciones de pago de los tributos, precios públicos y demás ingresos de derecho público, con la hacienda municipal, durante todo el período de vigencia de la bonificación potestativa.
En cuanto a la documentación necesaria a presentar está el modelo de solicitud; el certificado de Situación Censal con una antigüedad máxima de tres meses, en caso de local arrendado el Certificado aportado deberá serlo del arrendatario. Para inmuebles arrendados, contrato de arrendamiento en vigor a fecha de la declaración del estado de alarma, copia del recibo pagado correspondiente al mes anterior a la declaración del estado de alarma, con el recibí firmado o el justificante bancario, y por último, fotocopia NIF/CIF del propietario y en su caso arrendatario.
Por último, el edil de Hacienda ha animado a aquellos profesionales que desarrollen actividades económicas de comercio minorista y/o de hostelería que aún no hayan solicitado esta bonificación que presenten toda la documentación necesaria para poder bonificarse de esta medida.