El Consistorio recuerda que los expedientes de ruina instruidos hasta el momento se han hecho a solicitud de sus propietarios.
21 marzo 2012. Fuentes municipales del Ayuntamiento de Lorca han informado de que el Consistorio sigue trabajando para que las demoliciones y desescombros de inmuebles que tienen que ser derribados por los daños ocasionados por los terremotos no sean sufragados por parte de sus propietarios. El Ayuntamiento recuerda que ya advirtió el pasado mes de julio de que era materialmente imposible derribar todos los inmuebles afectados durante el plazo de tiempo marcado por los Reales Decretos, y reclamó al Gobierno de la Nación que ampliara las fechas establecidas, algo que no fue contemplado.
Desde aquel momento, el Ayuntamiento continúa reclamando que se aplique el mismo trato a estos ciudadanos, para evitar situaciones de desigualdad.
Respecto a las críticas vertidas esta mañana por parte de IU, el Ayuntamiento recuerda que los expedientes de ruina tramitados hasta el momento se han realizado a petición de sus propietarios y de acuerdo con la norma legal establecida al afecto. Es por ello que resulta "sorprendente" que o bien el Sr. Murcia desconozca cómo se tiene que llevar a término este trámite, o lo que es peor, que no se haya interesado en conocer su proceso. De cualquier forma, se le recuerda al Sr. Murcia que estos expedientes se realizan por imperativo legal, y que este Ayuntamiento, le guste más o menos al Sr. Murcia, seguirá haciendo las cosas como marca la Ley.
El Ayuntamiento informa, además, de que las notificaciones entregadas hasta el momento a los propietarios de los inmuebles que tienen que ser derribados hacen mención expresa de que el Consistorio seguirá trabajando para conseguir que los gastos ocasionados por estas ruinas no tengan que ser asumidos por sus propietarios. De hecho en estos escritos consta la siguiente referencia: "El Ayuntamiento de Lorca tramitará, en su caso, la solicitud de ayuda para financiar el coste de la demolición. Para el caso de que dicha ayuda fuese concedida se procederá a compensar el importe correspondiente al propietario o titular que haya dado cumplimiento a la demolición ordenada, una vez transferido al Ayuntamiento el importe de la ayuda".