Se trata de zonas para el recreo de perros que cuentan con circuitos dotados de elementos para que practiquen ejercicio, además de bebederos, bolsas para la recogida de excrementos y papeleras al efecto.
La Concejal de Sanidad y Consumo en el Ayuntamiento de Lorca, María del Carmen Ruiz, ha informado que el Consistorio Municipal ha habilitado 3 nuevas zonas para mascotas en los parques de San José, La Viña y Virgen de la Amargura. Este último es el más grande de los tres, con una superficie de aproximadamente 170 m2, ubicado en el lateral del parque más alejado al área infantil, y, junto con los elementos del circuito para mascotas, cuenta con una decoración mural de ate urbano con motivos caninos. Estamos hablando de zonas susceptibles de ser acotadas con garantías y sobre las que se registra mayor presión ciudadana para conciliar la presencia canina y el uso por parte de los ciudadanos.
Ruiz Jódar ha indicado que en el parque de San José, se ha habilitado un área con una superficie de 100 m2, ubicada en el lateral del parque más alejado del parque infantil, mientras que en el Parque de La Viña, se establece una zona con una superficie de algo más de 100 m2, ubicada en el extremo opuesto al parque infantil, junto a la zona de gerontogimnasia.
La Edil de Sanidad y Consumo ha explicado que estos recintos también cuentan con bebedero de agua y "Sanecan", papeleras para depositar los excrementos de los animales con dispensador de bolsitas para que los propietarios puedan hacer uso de las mismas. Se ha tenido en cuenta que fuera del recinto la zona esté acondicionada con papeleras y bancos para hacer más cómodo a los propietarios el uso de estas zonas habilitadas para los perros.
Cabe señalar que las zonas de esparcimiento canino están separadas de las zonas de recreo infantil. Cuentan con un recinto debidamente señalizado y vallado. En su interior se ha instalado un "Circuito de agilidad (agility)" con accesorios destinados al juego de los canes tales como empalizada, rueda, pasarela, salto de longitud y túnel. El circuito de agilidad es una competición canina abierta a todos los perros. Consiste en hacerles superar diferentes obstáculos con el fin de valorar y potenciar su inteligencia y presteza.Se trata de una actividad educativa y deportiva que favorece su buena integración dentro de la sociedad. Los elementos que incluye son los siguientes:
Empalizada: El perro debe atravesar completamente la empalizada, subiendo y bajando por ésta, tocando al menos con una de sus patas la zona de contacto de subida y posteriormente la de bajada. Habilidades:Equilibrio, destreza, fortaleza y obediencia del perro.
Rueda: El perro debe atravesar saltando la rueda. Habilidades:Agilidad, destreza, fortaleza y obediencia del perro.
Pasarela: El perro debe atravesar completamente la pasarela, subiendo y bajando por ésta, tocando al menos con una de sus patas la zona de contacto de subida y posteriormente la de bajada. Habilidades:Equilibrio, destreza, fortaleza y obediencia del perro.
Salto de longitud: El perro debe saltar todos los elementos de una sola vez sin tocarlos. Habilidades:Agilidad, destreza, fortaleza, equilibrio y obediencia del perro.
Túnel: El perro debe atravesar el túnel accediendo por una entrada y salir por la contraria. Habilidades:Agilidad, destreza y obediencia del perro.
La Concejal de Sanidad ha manifestado que la presencia de animales de compañía en los hogares lorquinos se ha incrementado de forma notable en los últimos años. Este fenómeno se ha traducido en un incremento de las peticiones de los propietarios en relación a la prestación de servicios por parte del Ayuntamiento dirigidos a las mascotas (papeleras y bolsas para recoger los excrementos, zonas específicas para el recreo…). Se han incrementado también las quejas de personas que no tienen animales e incluso les molesta su presencia en determinados espacios púbicos. Estamos hablando de una situación que hacía necesaria habilitar zonas de esparcimiento canino a fin de mejorar la convivencia ciudadana.
Hemos de señalar que la Ordenanza Municipal sobre protección y tenencia de animales de compañía, en su artículo 27, y en consonancia con el artículo 5 de la Ley 10/1990, de 27 de agosto, de Protección y Defensa de los Animales de Compañía, contempla que "el Ayuntamiento habilitará en los jardines, plazas o parques públicos, espacios idóneos, debidamente señalizados, para el paseo y esparcimiento de los animales, y emisión de excretas por parte de los mismos".