•Se trata de una iniciativa liderada por los senadores murcianos Francisco Bernabé, Violantes Tomás y Juan María Vázquez, que han incluido Puntas de Calnegre a propuesta de Fulgencio Gil, presidente del PP lorquino. La petición ya ha sido registrada en el Senado.
El poblado pesquero de Puntas de Calnegre, ubicado en la pedanía de Ramonete, ha sido incluido en una Proposición de Ley presentada por los senadores del Reino de España, Francisco Bernabé, Violante Tomás y Juan María Vázquez, a propuesta del presidente del Partido Popular de Lorca, Fulgencio Gil. Se trata, en concreto, de una iniciativa puesta sobre la mesa en el día de ayer que plantea la modificación de la ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, para permitir la pervivencia de conjuntos urbanos costeros de tipología tradicional en terrenos que han pasado a ser de dominio público marítimo-terrestre.
La concejal de Urbanismo en el Ayuntamiento de Lorca por el Partido Popular, María Belén Pérez, ha explicado que se trata de una iniciativa que, en el caso de Puntas de Calnegre, se marca el objetivo de "indultar" el poblado pesquero, siguiendo la línea de trabajo que el Partido Popular ha venido desarrollando a lo largo de los últimos años en este mismo sentido. Nuestra labor se centra en salvar las casas existentes, defendiendo los legítimos intereses y derechos de sus propietarios. Esperamos contar con el respaldo de todos los grupos políticos con representación en el Senado, habida cuenta de la particular trascendencia e importancia de la medida. Estamos hablando de una oportunidad histórica de proteger este enclave y eliminar la incertidumbre que tienen los vecinos afectados.
Belén Pérez ha adelantado que tanto Francisco Bernabé como Fulgencio Gil mantendrán en los próximos días una reunión informativa con los vecinos de Puntas de Calnegre, con el objetivo de hacerles llegar de primera mano en qué consiste esta propuesta y qué beneficios les conllevaría su aprobación. Para ello serán convocados con antelación en el propio núcleo de Puntas.
La propuesta que permitiría salvar este núcleo histórico de Puntas de Calnegre apuesta por añadir una Disposición Adicional Decimotercera a la Ley de Costas 22/1988, referido a Núcleos urbanos con especiales valores etnológicos, de tal forma que obtendrían esta catalogación aquellos conjuntos de edificaciones residenciales o comerciales que acumulen valores culturales, históricos o etnológicos que merezcan ser conservados, que estén integrados en el entorno costero de forma que su demolición o supresión supusiera una pérdida de patrimonio cultural, histórico o turístico, o que existan con carácter previo a su inclusión en el dominio público marítimo terrestre.
De esta forma, los núcleos urbanos catalogados como núcleos urbanos con especiales valores etnológicos serían excluidos del dominio público marítimo terrestre mediante la práctica de un deslinde que los excluya.
La regresión del litoral que sufren las costas españolas desde hace años, agravada por los efectos del cambio climático, ha supuesto que determinados núcleos urbanos costeros como el de Calnegre, a lo largo de todo el país, con características culturales, históricas y etnológicas de valor esencial se hayan visto incluidos en el dominio público marítimo-terrestre. Dichos núcleos, a los que busca referirse esta proposición de ley, están conformados por edificaciones de baja densidad, muy identificadas con el entorno paisajístico de donde se ubican y asociadas a un modo de vida marinero. Está fuera de toda duda que la legislación sobre costas debe hacer cumplir y proteger el principio constitucional instaurado por el artículo 132.2 de la Carta Magna y garantizar el dominio público sobre la zona marítimoterrestre, pero no es menos cierto que la falta de suficientes medidas de protección de éste durante décadas en las que la regresión litoral se ha ido agravando ha supuesto que las modificaciones en los deslindes hayan dejado dentro del dominio público marítimo-terrestre inmuebles urbanos destinados a residencias unifamiliares o pequeños comercios consolidados desde décadas previas a que se llevara a cabo ese deslinde.
Dicha herramienta, el deslinde, en estos casos supone un despojo de propiedades consolidadas desde, en muchos casos, hace más de un siglo, que además han venido manteniendo su perfil asociado al entorno litoral de forma que ya forman parte del patrimonio histórico, cultural y paisajístico de nuestras costas, que les otorgan valores que se deben preservar conciliándolas con el dominio público.
El núcleo de Puntas de Calnegre, junto con otros en similares circunstancias en el litoral español, tienen en común unas características particulares que en muchos de los casos han merecido protección especial por figuras de catalogación autonómica como "bienes de interés cultural" o de "relevancia local" o diversas figuras de protección, pero no gozan de ninguna particularidad en el tratamiento en la legislación de costas. Es necesario establecer un abrigo legislativo para esos núcleos urbanos que, una vez identificados, se reconocen con valores propios en cada caso y requieren de herramientas que permitan evitar expedientes de desocupaciones o derribos que, una vez iniciados, suscitan rechazo social y prácticamente unánime en lo político y que, en cambio, no encuentran en la legislación una herramienta que permita su mantenimiento, no ya sólo por protección de las personas directamente afectadas, sino por el interés público en el mantenimiento de una construcciones que son paradigmáticas y etnológicamente características del uso tradicional del litoral español.