El concejal de Hacienda y Régimen Interior del Ayuntamiento de Lorca, Isidro Abellán, ha recordado que "en diciembre de 2020 una sentencia ya eximía de este pago al Consistorio, pero cabía recurso de apelación, que ahora ha sido finalmente desestimado".
El concejal de Hacienda y Régimen Interior del Ayuntamiento de Lorca, Isidro Abellán, ha informado de "la sentencia que desestima el requerimiento para la devolución de 900.000 euros relativos al convenio urbanístico del 28 de junio de 2002, firmado con la Mercantil Justo y Manoli S.L".
El concejal de Hacienda y Régimen Interior ha recordado que "en diciembre de 2020, el Juzgado Contencioso Administrativo número 5 de Murcia desestimó la solicitud de devolución de estos 900.000 euros relativos a los pagos efectuados por el convenio urbanístico con esta mercantil al entender que el Ayuntamiento de Lorca había cumplido con sus obligaciones en materia de planeamiento y gestión".
Isidro Abellán ha indicado que "en ese momento se trataba de una sentencia provisional no firme, ante la que la propia empresa podría presentar un recurso de apelación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJ). Recurso que se presentó a través de AUREN CONCURSAL SLP y que fue finalmente desestimado mediante y cuya firmeza ha sido notificada al Ayuntamiento de Lorca el 7 de marzo de 2022".
Abellán Chicano ha apuntado que "fue la entidad recurrente quien decidió no presentar las subsanaciones requeridas para la aprobación definitiva del Plan Parcial y, en base a ello, este Tribunal ya consideró, en diciembre de 2020, que no existía incumplimiento del convenio, y que no se tenían que devolver los 900.000 euros reclamados en un principio".
Por último, el edil ha reiterado "el excelente trabajo que realizan los servicios jurídicos municipales que, en todo momento, han demostrado el cumplimiento, por parte del Consistorio, de los acuerdos de este convenio urbanístico" y ha insistido en que "como se puede comprobar, dichas actuaciones cumplieron con todos los trámites administrativos".