La Plataforma por la Calidad del Paisaje de Lorca, tras la reunión mantenida con el Alcalde Diego José Mateos y el Concejal de Sanidad D. José Ángel Ponce el pasado día 14 de febrero se comprometió a hacer llegar las peticiones que abajo detallamos y que básicamente consisten en conciliar los intereses de quienes viven de la industria cárnica, con las personas que se ven afectados por la proximidad a sus viviendas a explotaciones ganaderas. Desde la Plataforma entendemos que no basta con que estas viviendas estén en núcleo urbano, también deben contar las construidas y habitadas con anterioridad al establecimiento o ampliación de cualquier granja. También todas las fuentes de aguas subterráneas o superficiales deben ser consideradas y no solo las catalogadas para que las granjas mantengan una distancia de 500 m. de distancia. El tratamiento de los purines es otra preocupación. Por todo, pensamos que lo adecuado sería un estudio sobre la capacidad de carga ganadera de nuestro territorio que evaluará el impacto medioambiental y sanitario que puede soportar nuestro municipio y sus habitantes. Seguidamente reproducimos íntegro el documento enviado.
Peticiones de la Plataforma por la Calidad del Paisaje de Lorca para mejorar la regulación del sector porcino en el municipio y garantizar la calidad de vida de todos sus habitantes.
1.- Realización por una empresa o entidad ajena al sector un estudio sobre la capacidad de carga ganadera de nuestro territorio, donde se defina en función de los recursos que tenemos cuanta actividad pecuaria puede soportar el territorio, contemplando los recursos hídricos existentes, la capacidad del territorio para asimilar los excrementos producidos, el efecto en la calidad de aguas, tierra y aire, etc.
2.- Normativa específica reguladora del uso de los purines, a semejanza de las ya existentes en otros ayuntamientos.
3.- Instalación de medidores móviles de la calidad del aire, como el amoniaco, por diferentes áreas del municipio para conocer los niveles emitidos a la atmósfera que pudieran ser perjudiciales para la salud.
4.- Imposibilidad de construir o ampliar ninguna explotación ganadera a menos de 500 metros de fuentes naturales acreditadas, estén estas catalogadas o no. Controles regulares de la calidad del agua de las fuentes del municipio.
5.- Prohibición de construir o ampliar explotaciones ganaderas a menos de 1500 metros de viviendas existentes previamente y habitadas, estén o no declaradas como núcleo urbano.
6.- Normativa para que se cubra de barrera vegetal (arbolado tipo ciprés) todas las explotaciones ganaderas con el fin de reducir la salida de olores y minimizar el gran impacto visual y contaminación paisajística.